SCJN autoriza embargo de Afores por pensión alimenticia

Por: Redacción | 10 de julio de 2025, 3:10 pm CST

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los recursos depositados en la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez pueden ser embargados para garantizar el pago de pensión alimenticia a menores de edad.

Con esta decisión, la Primera Sala de la SCJN modificó el criterio anterior que consideraba estos fondos como inembargables, y estableció un precedente jurídico que prioriza los derechos fundamentales de la niñez, en especial el derecho a la alimentación.

Derecho a la alimentación, por encima de lo inembargable

La resolución se originó a partir del análisis de un caso en el que un padre fue demandado por el incumplimiento del pago de pensión alimenticia. Ante ello, se solicitó judicialmente el embargo de su cuenta individual en una Afore.

La Corte resolvió, por mayoría de votos, que los fondos de pensión no pueden colocarse por encima del interés superior del menor, conforme a lo establecido por la Constitución mexicana y los tratados internacionales firmados por México.

“El carácter inembargable de las Afores no puede ser absoluto cuando se trata de garantizar derechos fundamentales”, señala el fallo.

Aplicación excepcional y con orden judicial

La sentencia precisa que esta medida sólo aplicará de forma excepcional, cuando:

  • El trabajador se encuentre desempleado, y
  • No cuente con otros bienes con los cuales cubrir su obligación alimentaria.

En estos casos, se podrá embargar únicamente la proporción que el trabajador podría disponer si solicitara los recursos por desempleo, es decir, no se permite acceder al total de la subcuenta.

El embargo se hará mediante orden judicial, y la Afore correspondiente será notificada para retener el monto necesario y cumplir con la resolución. Las administradoras de fondos deberán colaborar conforme a esta nueva interpretación legal.

Esta decisión representa un cambio en la interpretación del marco legal de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), al permitir su uso limitado para el cumplimiento de obligaciones alimentarias determinadas por un juez.

La SCJN subrayó que esta resolución fortalece la protección a los derechos de la infancia y establece que los mecanismos de justicia deben garantizar que estos derechos prevalezcan incluso sobre figuras de protección patrimonial como la inembargabilidad.


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