La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió declarar sin materia una contradicción de criterios relacionada con impedimentos en trámites accesorios dentro de juicios de amparo, tras la entrada en vigor de la reforma a la Ley de Amparo aprobada por Morena y sus aliados en el Congreso.
Con siete votos a favor, el pleno aprobó el proyecto modificado presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien inicialmente proponía que debía prevalecer el criterio que establecía el desechamiento de plano de los impedimentos presentados contra cuestiones accesorias como reclamaciones, quejas, recusaciones o medidas cautelares.
Durante la sesión, la ministra modificó su propuesta y argumentó que la contradicción quedaba sin materia debido a la nueva redacción del artículo 59, vigente desde el 17 de octubre, que establece que las recusaciones deben desecharse cuando se plantean para evitar que un juzgador conozca de cuestiones accesorias.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía votó en contra, al considerar que el asunto debía resolverse de fondo para que la Corte pudiera emitir jurisprudencia aplicable a casos anteriores a la reforma. “Deberíamos definir un criterio jurisprudencial aplicable a las situaciones procesales anteriores a dicha reforma”, expresó durante la sesión.
La decisión del pleno implica que no se emitirá jurisprudencia sobre este punto, dado que la reforma ya establece el tratamiento de los impedimentos en trámites accesorios.
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