SCJN niega amparo a Luis de Llano por caso Sasha Sokol

Por: Redacción | 25 de junio de 2025, 3:52 pm CST

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó por unanimidad de votos el amparo promovido por el productor musical Luis de Llano, con lo que se mantiene la sentencia por daño moral en su contra promovida por Sasha Sokol, quien lo señaló por abuso sexual durante su adolescencia.

El proyecto, elaborado por el ministro Jorge Pardo Rebolledo, fue aprobado por los cinco integrantes de la Sala. El fallo se dio como respuesta al recurso presentado por De Llano contra la sentencia de una sala civil de la Ciudad de México, que en septiembre de 2023 resolvió que debía ofrecer una disculpa pública y pagar una indemnización por responsabilidad civil.

En 2022, el productor habló en una entrevista en YouTube sobre su relación con Sokol, cuando ella tenía 14 años y él 39. A raíz de sus declaraciones, la exintegrante del grupo Timbiriche publicó un comunicado en el que afirmó que dicha relación no fue un romance, sino un abuso.

Corte garantiza acceso a justicia en casos de abuso

El proyecto del ministro Pardo propuso no confirmar la prescripción de los actos, como lo solicitaba el productor. Argumentó que aceptar esa prescripción vulneraría el derecho al acceso a la justicia de las personas que han sufrido violencia sexual en la infancia o adolescencia.

Si bien existen contextos en los que indebidamente se han normalizado las relaciones entre adolescentes y adultos al grado de romantizarse y percibirse como consensuadas, existen evidencias que ocultan dinámicas de poder, inmadurez e influencia social”, se señala en la resolución de la Corte.

El caso llegó a la SCJN a petición del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien solicitó su atracción ante la relevancia del tema y la necesidad de establecer criterios sobre el acceso a la justicia para víctimas menores de edad.

Con esta resolución, la sentencia civil queda firme, y se reafirman los criterios de la Suprema Corte respecto a los derechos de niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual, así como la responsabilidad civil derivada de dichos actos.


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