Elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México ejecutaron este miércoles a las 18:13 horas la detención temporal del productor Luis de Llano, en cumplimiento de dos órdenes de apremio dictadas por un juzgado del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. La acción judicial deriva de la contumacia del demandado para acatar la sentencia definitiva e inatacable emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
De acuerdo con la información confirmada por la representación legal de la actriz Sasha Sokol, la autoridad jurisdiccional impuso dos arrestos administrativos acumulables de 15 horas cada uno, sumando un total de 30 horas de privación de la libertad. Las medidas coercitivas se originaron por dos omisiones diferenciadas en el marco del juicio civil por responsabilidad civil y daño moral.
El primer incumplimiento acreditado ante la autoridad judicial corresponde a la negativa del productor a grabar y exhibir ante el juzgado una disculpa pública dirigida a la víctima. El segundo mandato desatendido consiste en la falta de publicación de la síntesis de la resolución judicial firme en la que se determinó la acreditación del daño moral derivado de la relación sostenida cuando la demandante era menor de edad.
Las determinaciones aplicadas se fundamentan en los instrumentos de coerción previstos en el Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, marco normativo que faculta a los juzgadores a emplear desde sanciones económicas hasta arrestos administrativos por un máximo de 36 horas para forzar el cumplimiento de las sentencias ejecutoriadas.
El equipo jurídico de la parte actora precisó que las ejecuciones no constituyen un acto intempestivo, sino la consecuencia de un patrón reiterado de rebeldía procesal que abarca meses de desatención a requerimientos judiciales e imposición de multas previas que no lograron disuadir la conducta del demandado.
Asimismo, la representación legal advirtió que la persistencia en el desacato a los mandatos de un juez civil podría dar lugar a la tipificación de una conducta constitutiva de delito contra la administración de justicia, la cual alcanza sanciones penales de hasta cinco años de prisión de acuerdo con la legislación vigente.
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