La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es legal el impedimento solicitado por Ricardo Salinas Pliego contra la ministra Lenia Batres Guadarrama. Con ello, Batres deberá abstenerse de participar en la resolución del amparo promovido por el empresario contra la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
La decisión fue aprobada por unanimidad por los ministros Javier Laynez Potisek, Jorge Pardo Rebolledo y Yasmín Esquivel Mossa, con base en un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán. La medida se justifica en diversas declaraciones públicas hechas por Batres contra el empresario.
El recurso fue presentado por Salinas Pliego en noviembre de 2024, argumentando que la ministra Batres no podía impartir justicia de manera imparcial en el amparo en revisión 492/2023. Como fundamento, citó publicaciones en redes sociales hechas por la ministra entre 2017 y agosto de 2024.
El origen del amparo se remonta a 2021, cuando el empresario impugnó una investigación de la UIF y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que había solicitado información sobre sus contratos, préstamos y créditos desde 2012. Salinas Pliego argumentó que la solicitud violaba el secreto bancario y fiscal y que la información se obtuvo de manera inconstitucional.
Un juez federal otorgó el amparo al empresario, evitando la aplicación de ciertos artículos de la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley del Mercado de Valores. En respuesta, la Presidencia de la República, la Procuraduría Fiscal y la UIF interpusieron un recurso de revisión que fue turnado a la ministra Batres en la SCJN.
En su proyecto, Batres propuso revocar la sentencia del juez, al considerar que el amparo no era procedente contra la comunicación entre autoridades administrativas para recabar información financiera. Sin embargo, tras la aceptación del impedimento, ya no podrá participar en el caso.
La sesión de la Segunda Sala fue suspendida por falta de quorum, luego de que la ministra Batres no asistiera a la sesión pública tras participar en la privada. En otra resolución, la Primera Sala de la SCJN rechazó por unanimidad otro impedimento solicitado por Grupo Elektra contra el ministro Pérez Dayán, quien conocerá de un recurso promovido por la Secretaría de Hacienda en un caso relacionado.
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