La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no logró anular la restricción que impide que aspirantes rechazados a una elección judicial reciban ayuda para la elaboración de impugnaciones. Aunque siete ministros consideraron inconstitucional la norma, no se alcanzó la mayoría calificada de ocho votos para su eliminación.
El pleno del Alto Tribunal analizó la reforma a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la cual establece que los aspirantes a cargos judiciales que consideren vulnerado su derecho a ser votados no pueden acceder a la “suplencia de la queja”. Este mecanismo sí está disponible para aspirantes a elecciones políticas, lo que fue señalado por varios ministros como una diferencia injustificada.
La impugnación fue presentada por el partido Movimiento Ciudadano y el proyecto, elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán, proponía eliminar la restricción. La ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández respaldó la iniciativa al señalar que “no encuentro una justificación o una finalidad constitucionalmente legítima que justifique esta restricción”.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa y el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá coincidieron en que no hay una razón válida para excluir a los aspirantes a elecciones judiciales de la suplencia de la queja. El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo añadió que la eliminación de este derecho no estaba en la iniciativa original del Ejecutivo ni fue explicada en el dictamen legislativo.
Sin embargo, la propuesta no alcanzó los votos necesarios debido a la oposición de las ministras Lenia Batres Guadarrama y Loretta Ortiz Ahlf. Además, la ausencia de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat influyó en el resultado.
Con esta decisión, la restricción quedará vigente para futuros procesos de elección de juzgadores. Aspirantes rechazados no podrán recibir apoyo en la elaboración de impugnaciones, lo que limita sus posibilidades de defensa legal ante decisiones de los órganos electorales.
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