En menos de una hora, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la madrugada de este jueves, en lo general y en lo particular, el dictamen que faculta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) para participar en la construcción y equipamiento de infraestructura de salud. La votación nominal resultó en un amplio consenso con 423 votos a favor, 37 en contra y cero abstenciones, tras lo cual el proyecto fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
La reforma adiciona la fracción I Sexies al artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, estableciendo que la SICT podrá intervenir en la rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción y ampliación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura. Esta nueva atribución incluye específicamente a los establecimientos destinados a la prestación de servicios de salud, siempre bajo la coordinación de los tres órdenes de gobierno.
Coordinación y especialización técnica
El dictamen aprobado estipula que la participación de la dependencia federal ocurrirá únicamente a solicitud de las autoridades federales competentes. El espíritu de la iniciativa busca aprovechar la capacidad técnica y operativa de la SICT en obras de gran escala para asegurar que la infraestructura hospitalaria cumpla con estándares de calidad y resiliencia estructural.
Esta coadyuvancia institucional se fundamenta en la necesidad de cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, el cual contempla la modernización de centros de salud como una prioridad de Estado. La Comisión dictaminadora enfatizó que esta medida no invade esferas de otras dependencias, sino que materializa un principio de auxilio administrativo.
Restricciones presupuestarias y plazos
En materia financiera, el decreto establece que las erogaciones derivadas de estas nuevas funciones serán cubiertas con cargo al presupuesto ya aprobado para la SICT. Se ratificó que la implementación de esta reforma no requerirá recursos adicionales ni incrementará el presupuesto regularizable de la dependencia para el presente ejercicio fiscal o los subsecuentes.
Finalmente, los artículos transitorios otorgan al Ejecutivo Federal un plazo de 180 días hábiles para realizar las adecuaciones reglamentarias y normativas necesarias para la debida aplicación de la ley. Con este paso, la Cámara de Diputados concluye su intervención en el proceso legislativo de esta iniciativa enviada por la presidencia de la República.
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