La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este miércoles un recurso de revisión interpuesto por Emilio Lozoya Austin, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), con el cual buscaba evitar el pago de una indemnización por daño moral a la periodista Lourdes Mendoza. Con esta resolución, queda en firme la sentencia previa que obliga al exfuncionario a reparar el daño causado por sus señalamientos.
El pleno del máximo tribunal votó a favor del proyecto presentado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, tras determinar que el caso no reúne los requisitos de interés excepcional en materia constitucional. La Corte estableció que los argumentos de Lozoya no implicaban un análisis de la Constitución, sino que buscaban reevaluar los hechos que ya habían sido juzgados en instancias civiles.
Origen de la demanda
El conflicto legal inició tras la filtración de una denuncia presentada por Lozoya ante la Fiscalía General de la República (FGR) en agosto de 2020. En dicho documento, el exdirector de Pemex aseguró que la periodista recibía sobornos durante la administración de Enrique Peña Nieto. Ante la difusión de estos señalamientos, Lourdes Mendoza promovió un juicio civil en la Ciudad de México, donde un juzgado condenó a Lozoya en 2022.
A pesar de que el exfuncionario solicitó diversos amparos en tribunales federales, estos le fueron negados, lo que derivó en que el caso escalara hasta la Suprema Corte en enero de 2024.
Libertad de expresión y resolución final
La sentencia aprobada este miércoles desestimó que la condena por daño moral afectara la libertad de expresión del quejoso. El texto judicial puntualiza que la pretensión de Lozoya no entrañaba un estudio constitucional, sino que «pretende un nuevo estudio sobre las consideraciones por las que se estimó que existió un daño moral».
Con este fallo, se agotan los recursos legales para el exdirector de la petrolera estatal en este proceso específico, ratificando la validez de la sentencia emitida por la justicia civil capitalina que ordena el pago de la reparación económica a la comunicadora.
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