Corte desecha impugnación por extinción del INAI

Por: Redacción | 11 de abril de 2025, 4:41 pm CST

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional presentada por el Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) contra la reforma que eliminó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como a otros seis órganos autónomos.

El recurso, recibido por la Corte el pasado 21 de febrero, fue turnado al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien resolvió desecharlo el 7 de abril. Según el ministro, el ICHITAIP no tiene facultades para presentar una impugnación de este tipo, al tratarse de un organismo local sin legitimación para controvertir reformas de carácter federal.

Además, Gutiérrez Ortiz Mena recordó que desde la aprobación de la reforma de supremacía constitucional en octubre de 2024, ya no es posible impugnar cambios a la Constitución a través de controversias constitucionales.

La impugnación se refería al decreto publicado el 20 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), mediante el cual se oficializó la desaparición de siete organismos autónomos, entre ellos el INAI, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

Esta reforma, promovida por el Ejecutivo federal y aprobada por mayoría calificada de Morena y sus aliados en noviembre, fue parte de un paquete legislativo denominado “simplificación orgánica”. En ella se establece que las funciones de los órganos eliminados serán absorbidas por distintas dependencias del Poder Ejecutivo.

El proceso de extinción del INAI se concretó el 18 de marzo de 2025, cuando se celebró la última sesión de su pleno. Tres días después, el 21 de marzo, personal de la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno tomó posesión del edificio que ocupaba el instituto, asumiendo también sus funciones relacionadas con la transparencia gubernamental.

Hasta el momento, no se han dado a conocer nuevas impugnaciones contra esta reforma desde otros organismos locales o instituciones. La decisión de la SCJN sienta un precedente sobre los límites de acción de los institutos estatales en controversias federales.

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