Por unanimidad de los magistrados, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la metodología y el catálogo del Instituto Nacional Electoral (INE) de programas de radio y televisión que difunden noticias para el monitoreo durante el Proceso Electoral Federal 2026-2027.
El pleno dejó sin efectos la variable del monitoreo relativa a los mecanismos indirectos de descalificación de personas precandidatas o candidatas. El tribunal determinó que dicho criterio se sustentaba en parámetros subjetivos de valoración que generaban falta de certeza e inseguridad jurídica tanto para la ciudadanía como para los periodistas, con el riesgo de actuar como inhibidores del libre ejercicio periodístico y del derecho a la información plural.
Impugnación y argumentos del fallo
La medida desechada buscaba clasificar expresiones o comentarios que, sin ser agresiones explícitas, transmitieran mensajes de descalificación o cuestionamiento. Dicha disposición había sido impugnada por la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT), argumentando violaciones a la libertad de expresión y al libre ejercicio del periodismo. La CIRT sostuvo que el parámetro soslayaba la protección legal a recursos como la sátira y la parodia frente a personas servidoras públicas y candidaturas.
El proyecto de resolución, elaborado a propuesta de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, concluyó que los mecanismos evaluados dependían de la interpretación personal de la persona encargada del monitoreo y de la apreciación de expresiones no verbales. Debido a que la regulación no brindaba elementos objetivos de clasificación, se resolvió eliminarla para evitar limitar el debate público durante las precampañas y campañas.
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