La titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF), Luisa María Alcalde Luján, informó que la Fiscalía General de la República (FGR) determinó que, hasta el momento, no se han aportado elementos probatorios que acrediten la urgencia en el proceso de extradición del denominado Caso Sinaloa. La funcionaria precisó que la solicitud presentada por la Fiscalía del distrito sur de Nueva York no corresponde a una petición formal, sino a una medida de carácter provisional.
Alcalde Luján detalló las diferencias técnicas contenidas en el Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos. Explicó que mientras la solicitud formal de extradición se rige por el artículo diez de dicho instrumento e implica requisitos exhaustivos como la relación de hechos y la copia certificada de la orden de aprehensión, la solicitud de detención provisional con fines de extradición, contemplada en el artículo once, requiere demostrar que existe un riesgo inminente de sustracción de la justicia.
Requisitos de procedencia y urgencia
De acuerdo con la titular de la CJEF, la FGR realizó un análisis técnico tras la petición de opinión enviada por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). La conclusión ministerial indica que la solicitud no se encuentra debidamente fundamentada, debido a que no se proporcionó información adicional que sustente la necesidad de cautela. Este concepto jurídico es fundamental para que un juez de control pueda emitir una orden de detención antes de que corra el plazo de 60 días para la formalización del proceso.
La funcionaria subrayó que el sistema penal mexicano, a través del artículo 16 constitucional y los artículos 141 y 142 del Código Nacional de Procedimientos Penales, exige niveles de probanza similares para restringir la libertad de una persona. Sin los datos de prueba que vinculen al probable responsable y acrediten que el hecho es señalado por la ley como delito, el Estado mexicano no puede proceder con la detención provisional solicitada por la parte requirente.
Violación al debido proceso y confidencialidad
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal denunció que la confidencialidad que debe regir estos procedimientos ante la SRE fue vulnerada. Alcalde Luján señaló que la filtración de la información ha generado una exposición mediática que afecta la presunción de inocencia y el debido proceso, alertando que este tipo de «linchamiento mediático» busca presionar a las autoridades judiciales antes de que se desahoguen las etapas legales correspondientes.
Finalmente, el Gobierno Federal enfatizó que la resolución actual de la FGR no constituye un juicio sobre la culpabilidad de los implicados ni una negativa definitiva a la extradición. La autoridad ministerial se mantiene a la espera de que el Departamento de Justicia de Estados Unidos envíe los elementos necesarios para fundamentar la urgencia o, en su defecto, proceda con la solicitud formal de extradición cumpliendo con todos los requisitos de ley y traducciones debidamente legalizadas.
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