El Pleno del Senado aprobó por unanimidad, con 116 votos a favor, una reforma al artículo 127 constitucional que establece límites a las jubilaciones y pensiones de exfuncionarios de altos mandos de confianza. La iniciativa, propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, estipula que dichas prestaciones no podrán exceder el 50% de las remuneraciones totales que perciba la titular del Ejecutivo Federal.
La medida aplica para organismos descentralizados, empresas públicas del Estado, sociedades nacionales de crédito y empresas de participación estatal mayoritaria. El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para su revisión y posterior discusión legislativa.
Excepciones y alcance de la reforma
El texto aprobado especifica que quedan excluidas de esta limitación las Fuerzas Armadas, así como las jubilaciones derivadas de aportaciones voluntarias en sistemas de ahorro para el retiro de cuentas individuales. Tampoco afectará a las pensiones constituidas mediante aportaciones sindicales en sistemas complementarios ni a las pensiones no contributivas.
Posturas de la oposición
Durante el debate, legisladores de diversas bancadas respaldaron el objetivo de la reforma, aunque señalaron observaciones técnicas. El senador del PAN, José Máximo García López, consideró la medida un acto de justicia, pero sugirió utilizar la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como referencia en lugar del salario presidencial.
“El salario presidencial no es una referencia técnica estable, se fija cada año a razón del Presupuesto de Egresos y puede modificarse con decisiones políticas o presupuestales”, explicó García López.
Por su parte, la senadora del PRI, Carolina Viggiano, advirtió sobre la naturaleza de los cambios al artículo 127. “El Constituyente fijó como un principio básico del derecho la no retroactividad de la ley cuando cause perjuicios a las personas”, señaló, aunque reconoció que el Estado posee la facultad de realizar reformas constitucionales con efecto retroactivo cuando se trata de preservar intereses nacionales por encima de derechos ganados.
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