La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) puede cobrar cuotas de inscripción en ciertos programas de posgrado en línea, al considerar que el derecho a la educación superior gratuita es gradual y progresivo en estos niveles.
Los ministros rechazaron el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien proponía otorgar un amparo a un alumno que impugnó el cobro de inscripción en una especialidad en línea de la Facultad de Derecho. La ministra Lenia Batres Guadarrama fue la única que votó a favor del proyecto, mientras que los ministros Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán se opusieron.
El empate en la votación fue resuelto este miércoles con la incorporación del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien votó en contra del proyecto, argumentando que existe una «notoria insuficiencia presupuestal» en la UNAM, lo que impide cubrir toda la demanda educativa sin el cobro de cuotas en ciertas modalidades.
González Alcántara también señaló que la especialidad impugnada sí se ofrece de manera gratuita en su versión presencial, por lo que la universidad no estaría incumpliendo con el derecho constitucional a la educación gratuita. Además, recordó que la SCJN ha sostenido que la gratuidad en la educación superior debe implementarse de forma progresiva en los posgrados.
Por su parte, la ministra Lenia Batres Guadarrama criticó la decisión, señalando que el voto de González Alcántara «dio el desempate sin incorporar los temas del debate» y advirtió que la existencia de posgrados gratuitos y otros con costo podría constituir una forma de discriminación.
El caso llegó a la Corte luego de que un estudiante promoviera un amparo contra la negativa de la UNAM a inscribirlo en la especialidad en línea por no pagar la cuota correspondiente. Una jueza de distrito había fallado a su favor, argumentando que el cobro contravenía el principio de educación superior gratuita en las universidades públicas.
Sin embargo, la UNAM apeló la decisión, sosteniendo que el estudiante conocía los costos de inscripción antes de postularse, que existe una alternativa presencial y gratuita, y que la sentencia inicial violaba la autonomía universitaria. Con la resolución de la SCJN, la universidad podrá mantener los cobros en los posgrados en línea.
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