La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el recurso de reclamación presentado por Morena y el Partido del Trabajo (PT) para impedir que los ministros analicen la constitucionalidad de la sobrerrepresentación legislativa.
Por unanimidad, los ministros aprobaron el proyecto del ministro Jorge Pardo Rebolledo, que propuso declarar infundada la reclamación de los partidos. Con ello, se mantiene la decisión de la Corte de revisar una contradicción de criterios en torno a la asignación de legisladores plurinominales.
La solicitud de revisión fue presentada en agosto de 2023 por el Partido Acción Nacional (PAN), argumentando que existía una discrepancia entre lo dictado por la SCJN en 1998 y resoluciones posteriores del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), especialmente en 2018 y 2023. La oposición buscaba evitar que la coalición conformada por Morena, PT y el Partido Verde obtuviera la mayoría calificada mediante la asignación de escaños plurinominales.
El caso fue turnado al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien en agosto pasado indicó que se tomaría el tiempo necesario para elaborar un proyecto de resolución. La Primera Sala confirmó esta decisión y rechazó los intentos de Morena y el PT para frenar la revisión del tema.
El antecedente central del caso es una resolución de la SCJN en 1998, cuando el entonces dirigente del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Andrés Manuel López Obrador, impugnó una ley electoral en Quintana Roo que permitía la sobrerrepresentación de partidos mediante diputaciones plurinominales. En esa ocasión, la Corte determinó que la asignación de escaños debía respetar el principio de proporcionalidad de la votación.
El PAN argumentó que la decisión del TEPJF en 2023, que otorgó la mayoría calificada a Morena y sus aliados, contradice este criterio y solicitó la intervención de la SCJN para resolver la inconsistencia.
El ministro González Alcántara Carrancá aclaró que cualquier resolución de la Corte no tendría efectos retroactivos y, por lo tanto, no modificaría la distribución de escaños de la actual legislatura. Sin embargo, el fallo podría sentar un precedente para futuros procesos electorales y la asignación de representación legislativa.
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