Suprema Corte suspende debate sobre Reforma Judicial

Por: Redacción | 5 de noviembre de 2024, 5:42 pm CST

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió temporalmente la discusión sobre el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que busca invalidar la elección de jueces y magistrados mediante la Reforma Judicial. Durante la sesión, el pleno de la SCJN, por mayoría de siete ministros, decidió que sí tiene facultades para revisar la Constitución, pero no logró los ocho votos necesarios para tomar una decisión final sobre el caso.

La ministra presidenta, Norma Piña, declaró un receso en la sesión hasta las 16:30 horas para permitir un debate sobre cuántos votos son necesarios para invalidar una reforma constitucional. Mientras tanto, se pospuso la determinación sobre si se requiere una mayoría de seis u ocho votos para resolver el asunto. La discusión gira en torno a la aplicación de la reforma judicial y la interpretación del artículo 105 de la Constitución.

La discusión previa al análisis de fondo sobre las acciones de inconstitucionalidad evidenció una división en la SCJN respecto a si las reformas judiciales podrían ser consideradas cláusulas pétreas que no pueden ser modificadas. La ministra Margarita Ríos Farjat, junto con los ministros Javier Laynez, Alfredo Gutiérrez Ortiz y González Alcántara, defendió la procedencia de la revisión de la reforma judicial, argumentando que los cambios son de gran envergadura y que deben ser considerados como alteraciones fundamentales del orden constitucional.

Por su parte, los ministros Alberto Pérez Dayán, Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres se manifestaron en contra de la revisión, señalando que las reformas deben ser tratadas como parte de la potestad legislativa del Estado, sin intervención del Poder Judicial. En particular, Batres y Ortiz sostuvieron que la reforma de «supremacía constitucional», publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de octubre, hace improcedente cualquier acción que impugne reformas constitucionales.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena destacó que la Reforma Judicial implica una transformación sustancial en la división de poderes, y que está modificando elementos clave de la Constitución, como la independencia judicial. En ese sentido, argumentó que este tipo de cambios no deben ser vistos como una simple reforma, sino como una alteración estructural que podría tener efectos negativos sobre las garantías judiciales.

La discusión sobre la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad se intensificó en el contexto de la nueva reforma constitucional. Según el decreto publicado en el DOF, las reformas constitucionales no pueden ser impugnadas por controversias constitucionales, lo que ha generado un debate sobre si la SCJN tiene o no la facultad de analizar el contenido de la Reforma Judicial.

En resumen, aunque el pleno de la SCJN reconoció su facultad para revisar reformas constitucionales, no logró llegar a una decisión definitiva sobre la validez de la Reforma Judicial, lo que deja abierta la posibilidad de un nuevo debate sobre los requisitos para invalidar la reforma y sobre la aplicabilidad del decreto de «supremacía constitucional». La continuación del caso se pospuso mientras los ministros determinan el número exacto de votos necesarios para resolver el tema.


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