Ordenan a la UIF desbloquear cuentas de Yarrington

Por: Redacción | 7 de abril de 2026, 3:15 pm CST

Un juez federal concedió un amparo al exgobernador de Tamaulipas, Tomás Yarrington, mediante el cual se ordena a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) desbloquear sus cuentas bancarias. La sentencia, emitida por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, determinó que la inmovilización de fondos aplicada el 2 de diciembre de 2019 no cumplió con los estándares de los acuerdos internacionales suscritos por México.

La resolución del expediente 886/2025, publicada esta semana pero emitida el pasado 31 de marzo, establece que las autoridades deben dejar «insubsistente» el bloqueo para restituir los derechos del quejoso. Con este fallo, el titular de la UIF, Omar Reyes Colmenares, deberá instruir a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que se permita al exmandatario el acceso total a sus recursos financieros.

Antecedentes y proceso legal

Tomás Yarrington, de 68 años y militante del Partido Revolucionario Institucional (PRI), ocupó la gubernatura de Tamaulipas en el periodo de 1999 a 2005. Tras concluir su mandato, enfrentó procesos legales en el extranjero. En Estados Unidos, el exfuncionario cumplimentó una sentencia condenatoria por la recepción de sobornos del Cártel del Golfo a cambio de facilitar el tráfico de estupefacientes hacia territorio estadounidense.

En abril de 2025, Yarrington fue deportado a México tras concluir su condena en el país vecino. La entrega oficial se realizó en la ciudad de Tijuana, quedando a disposición de las autoridades mexicanas para enfrentar los procedimientos locales vigentes en su contra.

El fallo del poder judicial

El texto del juzgado precisa que la protección de la Justicia Federal se otorga para revertir una afectación considerada indebida en el ámbito administrativo. Según el expediente, el bloqueo inicial de 2019 careció de los sustentos necesarios para mantenerse vigente bajo las normas de cooperación internacional que regulan la actuación de la UIF.

«Procede conceder el amparo y protección de la Justicia Federal, para el efecto que una vez que quede firme la presente sentencia, las autoridades de la UIF dejen insubsistente, únicamente por lo que hace a la quejosa, el bloqueo que impera sobre sus cuentas bancarias», dicta la sentencia. Esta decisión judicial ocurre en un contexto de revisión de las facultades de la UIF para congelar activos sin órdenes judiciales previas.


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