Jueza determina improcedente decomiso de casa de Emilio Lozoya

Por: Redacción | 8 de abril de 2025, 7:42 pm CST

Una jueza federal ha determinado que no procede el decomiso de la casa en Ixtapa-Zihuatanejo, propiedad del exdirector de Pemex, Emilio Lozoya Austin, en un revés para la Fiscalía General de la República (FGR). La propiedad, valuada en aproximadamente 1.9 millones de pesos, está vinculada a la investigación por el delito de lavado de dinero, pero la decisión judicial se basa en que la extinción de dominio no es aplicable en este caso.

En la sentencia publicada el 8 de abril, la jueza Esperanza Arias Vázquez estableció que la FGR no podía proceder con la confiscación del inmueble, ya que el delito de lavado de dinero, por el cual se investiga a Lozoya, no estaba previsto en la legislación en vigor cuando inició la investigación en 2017. La normativa que permite la extinción de dominio por recursos ilícitos fue aprobada en 2019, es decir, después de que se abriera la carpeta de investigación en contra de Lozoya.

El concepto de extinción de dominio se refiere a la confiscación definitiva de un bien, el cual pasa a ser administrado por el Instituto Nacional para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP). En este caso, la FGR había solicitado que la propiedad de Lozoya fuera decomisada por estar relacionada con la adquisición de la casa mediante recursos de origen ilícito.

Según el expediente judicial, la FGR había vinculado la casa con los sobornos recibidos por Lozoya de Alonso Ancira, expropietario de Altos Hornos de México (AHMSA). Se alegó que los recursos para la compra del inmueble provinieron de pagos ilícitos que Ancira habría realizado a Lozoya, relacionados con la compra de la planta de Agronitrogenados por parte de Pemex en 2013.

El proceso de investigación señala que la casa en Ixtapa fue adquirida en julio de 2013, y la FGR insistió en que los recursos utilizados para la compra provenían de actividades ilegales. Sin embargo, la jueza dictaminó que, debido a la falta de una base legal en el momento del delito, no se podía proceder con la extinción de dominio.

Este fallo representa un importante precedente en los casos relacionados con la extinción de dominio en México, ya que resalta las limitaciones legales en cuanto a la aplicación retroactiva de nuevas normativas. La decisión también pone de manifiesto las dificultades que enfrentan las autoridades para confiscar bienes de personas involucradas en delitos financieros si las investigaciones no se alinean con las leyes vigentes al momento de los hechos.

La FGR, a través de su Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio, había intentado que el inmueble fuera transferido al INDEP, pero la jueza consideró que la solicitud carecía de fundamento legal en este contexto. La investigación sobre Lozoya y su implicación en actos de corrupción sigue en curso, pero por el momento, la casa en Ixtapa-Zihuatanejo no será confiscada.

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