La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha pronunciado su veredicto sobre las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, dando luz verde al retiro unilateral de contenidos en plataformas digitales que puedan violar derechos de autor. Por una mayoría de ocho votos a favor, el pleno de la SCJN respaldó la facultad otorgada a proveedores de servicios en línea como Facebook para retirar, inhabilitar o suspender contenidos en sus sistemas que puedan constituir violaciones a los derechos de autor u otras disposiciones legales.
El ministro Javier Laynez Potisek presentó un proyecto para declarar inconstitucional esta facultad, argumentando que podría generar arbitrariedades por parte de los proveedores de servicios en línea al no haber claridad sobre los criterios para dar de baja una publicación por supuestas violaciones de derechos de autor.
Sin embargo, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra de este proyecto, destacando que la facultad de retirar contenido digital busca proteger no solo los derechos de autor, sino también prevenir la difusión de materiales ilegales como discursos de odio o pornografía infantil.
La decisión del pleno de la SCJN se basó en reconocer la validez de las disposiciones impugnadas, respaldando así el mecanismo de retirada de materiales digitales para evitar infracciones a las obligaciones contractuales de los usuarios y proteger los derechos de autor.
El pleno del máximo tribunal determinó que estas reformas son constitucionales y están en línea con el Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), estableciendo un marco legal para la remoción de contenido digital que infrinja derechos de autor, siempre y cuando se tomen medidas razonables para prevenir su reincorporación al sistema.
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