El pleno regional Centro-Norte del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), con sede en la Ciudad de México, resolvió que solo los jueces federales están facultados para autorizar la obtención de información de teléfonos celulares, en concordancia con el artículo 16 constitucional y diversas leyes aplicables.
Esto surge como respuesta a la preocupación sobre la privacidad de las comunicaciones en medio de denuncias de supuesto espionaje por parte de la Fiscalía de la Ciudad de México, reveladas por el diario New York Times.
La CJF afirmó que los datos almacenados en dispositivos móviles están protegidos por el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones, según lo establecido en la Constitución, por ende, la entrega de datos a la autoridad investigadora requiere una autorización judicial federal para garantizar el respeto a este derecho humano.
Asimismo, el CJF aclaró que el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que la solicitud de entrega de datos conservados por concesionarios de telecomunicaciones debe ser solicitada a un Juez de Control del fuero correspondiente, lo cual, según el consejo, implica que la autorización debe ser otorgada por un juez del fuero federal y no del fuero común.

Esta determinación del CJF busca salvaguardar la privacidad de las comunicaciones y asegurar que la obtención de datos telefónicos esté respaldada por una autorización judicial federal. La resolución surge en medio de acusaciones de presunto espionaje por parte de la Fiscalía de la Ciudad de México, reveladas por The New York Times el pasado 9 de noviembre.
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