TEPJF confirma violencia política de género de gobernadora de Campeche contra diputadas federales del PRI

Por: Redacción | 19 de julio de 2023, 5:13 pm CST

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, cometió violencia política de género en contra de diputadas federales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y, por ende, debe ser inscrita en el registro de personas sancionadas por violencia política de género.

La controversia surgió a raíz de denuncias presentadas por diputadas federales del PRI, quienes señalaron expresiones difundidas por la gobernadora en un episodio del programa «Martes del Jaguar», acusándolas de enviar fotografías íntimas al presidente de dicho partido a cambio de candidaturas o favores políticos.

La Sala Regional Especializada previamente había determinado la violencia política de género en perjuicio de las diputadas, lo que condujo a sanciones económicas a las personas responsables y su inclusión en el registro de personas sancionadas. Sin embargo, las personas sancionadas apelaron la decisión y recurrieron a la Sala Superior.

El pleno de la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña y con la ausencia justificada de los magistrados Mónica Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, confirmó la violencia política de género perpetrada por la gobernadora Sansores San Román y reafirmó la necesidad de incluirla, junto con otras personas responsables, en el registro de personas sancionadas.

La propuesta también sugiere revocar la temporalidad en la que la gobernadora deberá permanecer inscrita, solicitando que la Sala responsable analice nuevamente si se acredita o no la violencia política de género de las demás personas denunciadas.

Además, a solicitud de los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzales y Reyes Rodríguez Mondragón, se consideró que las medidas de reparación integrales complementarias deben ser revocadas, argumentando que vulneran el principio de non bis in ídem.

En consecuencia, se solicitó a la Sala Regional Especializada que determine nuevamente el periodo de tiempo en el que la gobernadora deberá permanecer registrada, siguiendo los parámetros establecidos en la sentencia (SUP-REP-150/2023 y acumulados).

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