En un esfuerzo por proteger los derechos de los trabajadores y garantizar el cumplimiento de las obligaciones patronales, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha identificado prácticas indebidas en materia de seguridad social que afectan directamente la estabilidad económica de las personas trabajadoras y sus familias.
Estas conductas recurrentes por parte de patrones o sujetos obligados involucran la entrega de cantidades de dinero en efectivo o mediante depósitos en cuentas, las cuales son registradas contablemente y en los recibos de nómina como pagos por concepto de planes de pensiones, pensión de subsistencia, pensión de sobrevivencia, jubilaciones, renta vitalicia o fondo de pensión.
El objetivo principal de estas prácticas indebidas es excluir dichas cantidades de la integración del salario base de cotización, simulando fraudulentamente que no corresponden a ingresos por salario, con el propósito de evadir el pago de las aportaciones de seguridad social. Estas acciones perjudican directamente los derechos de los trabajadores y amenazan su estabilidad financiera, ya que la pensión, que es un derecho adquirido al momento del retiro laboral, garantiza un ingreso que permite mantener un nivel de vida digno.
Con el fin de abordar esta problemática, el Consejo Técnico del IMSS aprobó recientemente el criterio número 01/2023/NV/SBC-LSS-27-VIII. Este criterio tiene como objetivo orientar a los patrones o sujetos obligados respecto a la exclusión del concepto de aportaciones a fondos de planes de pensiones en la integración del salario base de cotización, tal como se regula en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
De acuerdo con este criterio, se considera una práctica fiscal indebida en materia de seguridad social a quienes entreguen cantidades a los trabajadores, ya sea en efectivo, a través de la nómina o por cualquier otro medio, simulando que se trata de fines sociales relacionados con planes de pensiones, pensión de subsistencia, pensión de sobrevivencia, jubilaciones, renta vitalicia, fondo de pensión o previsión social. Además, se considera indebido excluir del salario base de cotización las aportaciones destinadas a la constitución de fondos de planes de pensiones sin cumplir con los requisitos establecidos por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). También se incluye a quienes asesoren, aconsejen, presten servicios o participen en la realización o implementación de estas prácticas, así como a los contadores públicos autorizados que emitan opiniones de cumplimiento sin salvedades en los dictámenes en materia de seguridad social de patrones que incurran en estas conductas.
Con el objetivo de fomentar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones patronales, el IMSS hace un llamado a los patrones o sujetos obligados para que se abstengan de incurrir en estas prácticas indebidas en materia de seguridad social, evitando así ponerse en riesgo y enfrentar posibles responsabilidades legales.

Asimismo, se invita a las personas trabajadoras a utilizar el Reporte Personalizado de Cotización en el IMSS (RPCI), disponible en la App IMSS Digital, para consultar mensualmente su información afiliatoria registrada ante el Instituto.
Además, se les anima a denunciar cualquier irregularidad detectada a través de la línea telefónica 800 623 23 23, opción 5, en un horario de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas, o mediante el envío de un correo electrónico a denuncia.enlinea@imss.gob.mx. Toda la información y documentación requerida para realizar una denuncia se encuentra disponible en el sitio web del IMSS (http://www.imss.gob.mx/denuncia).
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