El exsecretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo Molina, ha señalado que acudirá a los tribunales federal y electoral para buscar su restitución, la cual terminó este jueves con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del segundo paquete del llamado «Plan B» de la reforma electoral.
“En estos momentos, tengo ya mis recursos listos. En el primer momento que se abran los tribunales, acudiré a la justicia federal para solicitar un amparo y también voy a acudir al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a interponer un juicio ciudadano”, expresó.
El INE, por su parte, dijo haber presentado un procedimiento electoral “de urgente resolución” ante el Tribunal Judicial Federal Electoral (TEPJF) por parte de su director jurídico, Gabriel Mendoza Elvira.
En entrevista con Ciro Gómez Leyva, Jacobo Molina describió cómo su destitución, que debía terminar en 2026, no solo fue arbitraria sino también ilegal porque no violó ninguna disposición constitucional.

“Por estas razones y, otras más, yo voy a acudir ante los tribunales federales, como al Tribunal Electoral para solicitar la restitución de mi cargo”, puntualizó.
De hecho, el nombramiento y posible revocación del Secretario Ejecutivo es competencia exclusiva del Consejo General del INE, lo que obligaría al Congreso de la Unión a recurrir a un procedimiento judicial político para destituirlo, el presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova.
“En unos días más, estoy seguro, le vamos a dar de nueva cuenta la bienvenida, porque se trata de una violación flagrante al orden constitucional”, dijo el presidente del INE.
En el documento, el INE señaló que el decreto publicado este jueves es inconstitucional porque interfiere con las atribuciones de la autoridad electoral y viola los derechos protegidos por la Constitución, pues el artículo 41, base V, apartado A, párrafo noveno, establece que el Secretario Ejecutivo debe ser designado por mayoría de dos tercios del Consejo General a propuesta de su Presidente.
Además, la Carta Magna enfatiza que no se pueden hacer leyes privativas, es decir, contra una persona específica; en consecuencia, no puede disminuirse el periodo del nombramiento de un secretario ejecutivo en lo particular, determinado por el Consejo General, hasta el 2026.

Descubre más desde
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.









