El Tribunal del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó revocar parcialmente los lineamientos de cómputos del INE, por lo que las “boletas planchadas” no deberán contabilizarse como parte de la votación.
En sesión, la Sala Superior determinó que las boletas sin marcas deben considerarse nulas y no deben computarse en ningún momento ni por la mesa directiva de casilla ni por el Consejo Distrital.
Destacó que la emisión del voto comprende una secuencia legalmente prevista que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna. Por ello, los magistrados señalaron que la ausencia de esas marcas impide vincular objetivamente la boleta con un sufragio emitido conforme al procedimiento previsto en la ley.
El magistrado a cargo del proyecto aprobado, Felipe de la Mata, señala que, por mandato legal, la ciudadanía debe doblar la boleta para depositarla en la urna.
“Si una boleta no tiene marcas de doblez, no existe certeza de que haya seguido el procedimiento legal de emisión del voto. Por lo tanto, esas boletas no son válidas y son nulas, por lo que no deben computarse ni en la casilla ni en el Consejo Distrital, como lo estableció el acuerdo del INE”, resalta el proyecto avalado por la Sala Superior.
Cabe señalar que el bloque mayoritario en el INE votó a favor de la propuesta de la consejera Frida Gómez y decidió que las boletas sin doblez se llevarían a discusión de las autoridades distritales para decretar si era procedente o no computarlas
PRI, PAN, Movimiento Ciudadano y Somos impugnaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) argumentando que esta decisión estaría abriendo la puerta al fraude electoral.
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