El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 324 votos a favor, 107 en contra y una abstención, el dictamen que expide la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral, una iniciativa enviada por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para estandarizar la cartografía patrimonial y la información inmobiliaria en las 32 entidades federativas.
Previo a la votación general, el bloque mayoritario desechó tres mociones suspensivas presentadas por la Diputada Federal Nancy Aracely Olguín Díaz (PAN), el Diputado Federal Gibrán Ramírez Reyes (MC) y el Diputado Federal Luis Gerardo Sánchez Sánchez (PRI), quienes solicitaban devolver el proyecto a comisiones para consultar a las autoridades de los estados y municipios, conforme al mandato constitucional de 2013.
Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, el Diputado Federal Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, sostuvo que la norma no busca la centralización de facultades ni la creación de nuevos impuestos locales, sino otorgar certeza jurídica sobre la propiedad privada y combatir esquemas de corrupción inmobiliaria.
Ampliación del padrón y control fiscal
El proyecto instrumenta la Clave Única Catastral, un identificador obligatorio para homologar los expedientes en los registros públicos y evitar la duplicidad de titularidades. El artículo 28 del dictamen precisa que la asignación de dicho código no constituye, por sí misma, una prueba legal de propiedad o posesión sobre el inmueble.
Aunque la legislación no modifica directamente las tasas tributarias existentes, el texto del dictamen reconoce un impacto fiscal directo al ampliar el padrón de contribuyentes que deberán pagar el impuesto predial. Dicha recaudación se incrementará mediante la incorporación forzosa de predios omitidos y la actualización de los valores catastrales integrados en la Plataforma Catastral Municipal.
Plataforma digital y carga presupuestal local
A pesar de que el marco legal reserva formalmente la gestión de los datos a los gobiernos subnacionales, el texto faculta a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para desarrollar, habilitar y administrar las plataformas operativas, así como para emitir los planes nacionales y los modelos de trámites obligatorios que supervisarán la actualización cartográfica local.
Asimismo, las disposiciones transitorias establecen que no se autorizarán recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación para la implementación de la infraestructura tecnológica. Los congresos locales dispondrán de un plazo de 180 días para adecuar su legislación interna y deberán absorber los costos financieros derivados con cargo a sus presupuestos institucionales.
Las entidades federativas y los municipios deberán adoptar los modelos operativos a más tardar el 31 de diciembre de 2026, para iniciar funciones el 1 de enero de 2027. El incumplimiento de los calendarios publicados por la Agencia derivará en sanciones previstas en las leyes de responsabilidades administrativas. La sesión continuó con la discusión de las reservas en lo particular.
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