La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) autorizó una ampliación en el periodo de registro para la vinculación de líneas telefónicas móviles, estableciendo un nuevo calendario escalonado que abarca de los meses de agosto a diciembre.
La dependencia determinó que los usuarios de líneas de prepago que hasta el momento no han realizado el trámite contarán con nuevas fechas límite, las cuales fueron asignadas conforme al último dígito de su equipo celular.
A la fecha, el avance del programa reporta 63 millones de líneas vinculadas al padrón. De este total de registros, 40.2 millones corresponden a números de prepago y 22.8 millones a contratos de pospago, modalidad que no requiere un nuevo trámite.
El objetivo operativo de la medida es eliminar el anonimato en la adquisición de chips telefónicos para combatir la incidencia de delitos como el fraude y la extorsión. Con esta disposición técnica, la infraestructura nacional se alinea a las prácticas vigentes en 166 países.
El proceso administrativo se realiza directamente ante las operadoras de telefonía, entidades que únicamente asocian el nombre y la CURP del titular al número. La normativa prohíbe explícitamente requerir cualquier otro dato personal o imagen durante la vinculación.
Fin del Anonimato Móvil
México se suma a 166 países implementando el registro obligatorio de líneas celulares. Una medida vital para erradicar el fraude, la extorsión y proteger a la ciudadanía.
Estatus de Líneas Nacionales
*Las líneas pospago no requieren nuevo trámite, están asociadas desde su contratación.
Calendario de Vinculación (Prepago)
La fecha límite se asigna conforme al último dígito de tu número telefónico.
Suspensión de Servicio
Tras vencer el plazo, si no hay vinculación en 72 hrs, se suspenderá el servicio (excepto llamadas de emergencia, atención ciudadana y alertas sísmicas).
Privacidad Protegida
El gobierno no realiza el proceso. Se hace directo con la compañía telefónica, que solo asocia Nombre y CURP, eliminando otros datos o imágenes.
Marco Legal Restringido
Las autoridades solo pueden acceder a la información si se comete un delito, cumpliendo estrictamente el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Suspensión de servicio y marco legal
Una vez vencido el nuevo plazo de extensión para cada dígito, las compañías de telecomunicaciones procederán a suspender el servicio regular en las siguientes 72 horas a los usuarios que permanezcan sin registro.
Las líneas restringidas operarán con limitaciones absolutas, permitiendo únicamente realizar llamadas a números de emergencia, contactar a la compañía proveedora y recibir alertas en caso de sismo. Los servicios de datos y mensajes se restablecerán al concretar la vinculación oficial.
Ante la posible comisión de un delito que involucre el uso de una línea celular, las autoridades correspondientes están facultadas para solicitar la información a las empresas, procedimiento que deberá ejecutarse cumpliendo las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales.
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