Concentran amparos contra tope a pensiones en CDMX

Por: Redacción | 21 de abril de 2026, 7:42 pm CST

El Órgano de Administración Judicial (OAJ) del Poder Judicial de la Federación ordenó la concentración de todos los juicios de amparo promovidos contra la reforma constitucional que limita las pensiones de jubilados de empresas públicas. Según el acuerdo publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los expedientes serán tramitados exclusivamente en los juzgados 1, 15 y 16 en materia administrativa de la Ciudad de México.

La medida responde a la previsión de una carga de trabajo extraordinaria. El OAJ señaló en el documento la necesidad de «adoptar medidas preventivas que permitan atender de manera ordenada» el incremento relevante en el ingreso de asuntos derivado de la modificación legal publicada el pasado 10 de abril.

Tribunales y recursos de revisión

Además de la concentración en juzgados de distrito, el acuerdo estipula que el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en materia administrativa de la Ciudad de México será la instancia encargada de conocer los recursos de revisión y quejas. Esta designación se realizó bajo el criterio de que dicho tribunal presenta el menor rezago de expedientes a la fecha, buscando agilizar la resolución de los conflictos legales.

Alcance de la reforma y antecedentes judiciales

La reforma, impulsada por la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum, establece un tope a las percepciones de retiro de miles de excolaboradores de entidades paraestatales. El artículo transitorio segundo de la norma contempla la retroactividad, afectando directamente a jubilados de instituciones como:

  • Petróleos Mexicanos (Pemex).
  • Comisión Federal de Electricidad (CFE).
  • Nacional Financiera.
  • La extinta Luz y Fuerza del Centro (LyF).

Anteriormente, diversos jueces federales habían desechado los primeros juicios de amparo basándose en la reforma de supremacía constitucional aprobada en octubre de 2024, la cual prohíbe controvertir cambios a la Carta Magna. No obstante, el OAJ determinó que los asuntos en trámite y los nuevos ingresos deben ser remitidos a los órganos jurisdiccionales habilitados para garantizar una gestión administrativa centralizada.


Descubre más desde

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja un comentario

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo