El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó el procedimiento del Instituto Nacional Electoral (INE) para anular el triunfo de candidatos a cargos del Poder Judicial que hayan sido sentenciados por delitos graves o que se encuentren prófugos de la justicia, aunque hayan ganado en las urnas.
En sesión pública, los magistrados aprobaron por unanimidad el proyecto presentado por el magistrado Felipe Fuentes Barrera, que confirma el acuerdo del INE para verificar que los candidatos electos a ministros, magistrados y jueces no hayan sido condenados por delitos contra la vida, la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales, violencia familiar o violencia política de género.
“No se puede declarar válida una elección que en su culminación desemboca en una inhabilitación. No puede entregarse una constancia de mayoría a quien legalmente no puede ocupar el cargo”, señaló Fuentes Barrera durante su intervención. Según el magistrado, es indispensable que el INE corrobore que quienes resulten electos cumplan con los requisitos de elegibilidad constitucionales.
El acuerdo también establece que todos los aspirantes deberán presentar un certificado que acredite no ser deudores alimentarios y una carta bajo protesta de decir verdad en la que declaren no haber sido condenados por violencia de género ni estar sustraídos de la justicia.
El TEPJF resolvió que esta medida no representa una carga excesiva para los aspirantes, sino una “condición mínima de responsabilidad pública”, en palabras del magistrado Fuentes. Además, se determinó que el procedimiento no invade las facultades del Senado ni de los Comités de Evaluación, ya que el INE tiene atribuciones legales para verificar los requisitos de elegibilidad, computar los resultados y entregar constancias de mayoría.
“Lo que está en juego no es quién hace qué, sino cómo se garantiza que quien resulte electo cumpla cabalmente con los requisitos de elegibilidad que exige la Constitución”, agregó Fuentes Barrera.
Por su parte, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, destacó que esta revisión “potencializa los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia”, al impedir que personas con antecedentes de violencia de género accedan a cargos públicos, incluso si obtienen mayoría de votos.
Con esta resolución, el INE podrá negar constancias de mayoría a candidatos judiciales electos que incumplan con los criterios establecidos, reforzando los mecanismos de control constitucional en procesos de elección judicial.
Descubre más desde
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.









