Aprueban dictamen sobre medios de impugnación electoral

Por: Redacción | 14 de octubre de 2024, 10:40 pm CST

Con 334 votos a favor, 130 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que reforma la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. La discusión se centró en actualizar los medios de impugnación relacionados con la elección de integrantes del Poder Judicial.

El dictamen establece que durante el proceso electoral para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial, el juicio de inconformidad podrá impugnar determinaciones de autoridades electorales federales que violen normas constitucionales o legales. Sin embargo, las impugnaciones no suspenderán las resoluciones impugnadas.

Entre los actos que podrán impugnarse se encuentran la elección del presidente de México, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados del Tribunal Electoral, y otros jueces del Poder Judicial. La Sala Superior del Tribunal Electoral será responsable de resolver los juicios de inconformidad, salvo en el caso de su propia elección, que será resuelto por el Pleno de la SCJN.

El juicio de inconformidad podrá ser promovido por partidos políticos y candidatos cuando se impugne la elección de jueces, y deberá ser presentado dentro de los cuatro días posteriores a la declaratoria de resultados por parte del Instituto Nacional Electoral (INE).

El dictamen también contempla la posibilidad de anular una elección si se demuestra que hubo irregularidades en el 25% o más de las casillas instaladas, o si la candidatura ganadora es inelegible por financiamiento ilegal o intervención indebida de funcionarios públicos.

Finalmente, el recurso de reconsideración también será aplicable para impugnar las sentencias de las Salas Regionales en elecciones de cargos del Poder Judicial. El juicio electoral será procedente para proteger los derechos político-electorales, como el derecho a ser votado o a participar en campañas políticas.


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