El empresario Carlos Ahumada Kurtz ha obtenido una suspensión definitiva que impide su detención por delitos no graves, según informó el juez Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Erik Zabalgoitia Novales. Esta medida prohíbe a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) solicitar que Ahumada Kurtz cumpla la condena pendiente por fraude genérico, siempre y cuando el empresario deposite una garantía de un millón 44 mil 236 pesos.
La resolución, dictada en el amparo 578/2024, señala: “Se concede la suspensión definitiva solicitada por Carlos Agustín Ahumada Kurtz, respecto a los actos consistentes en la orden de reaprehensión y su ejecución; y el auto de treinta y uno [31] de octubre de dos mil diecinueve [2019], dictado en la carpeta de ejecución EJECNTE/1621/2028, en el que el juez de ejecución ordenó reanudar la orden de reaprehensión girada en contra del quejoso.”
El juez especificó que, aunque Ahumada comparezca ante los jueces que emitieron la orden de reaprehensión, esta no será ejecutable durante la vigencia de la suspensión concedida. En la resolución publicada a través de la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), se ordena entregar el dinero en un plazo de no más de cinco días después de la notificación.
“Que el quejoso exhiba en un término de cinco días contados a partir de que quede notificado de este acuerdo, una garantía por la cantidad de $1,044,236.00 M.N. (un millón cuarenta y cuatro mil doscientos treinta y seis pesos 00/100 moneda nacional), en billete de depósito o en cualquiera de las formas establecidas por la ley. Cantidad que equivale al 5% de la reparación del daño”, ordenó el juzgador.
Además, se especificó que, si Ahumada no cumple con este requisito en el plazo indicado, la suspensión dejará de surtir efectos y las autoridades podrán ejecutar la orden reclamada.
El juez también ordenó cancelar la ficha roja que la Interpol emitió a petición del agente del Ministerio Público, asegurando que Ahumada no puede ser detenido fuera del territorio nacional. “Se instruye al director general de Asuntos Policiales Internacionales y al Fiscal General de la República, para que en el ámbito de su competencia, gestionen de manera inmediata la suspensión de la ficha roja, con número de control A-5568/5-2019, esto es, deberán de realizar las actuaciones correspondientes para que con motivo de la nota antes referida, el peticionario del amparo no pueda ser detenido en algún territorio distinto al nacional”, concluye el documento.
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