INE resuelve medidas cautelares por actos anticipados

Por: Redacción | 4 de marzo de 2024, 8:07 pm CST

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió, por unanimidad de votos, seis medidas cautelares en respuesta a solicitudes presentadas por diversos partidos políticos. Estas medidas abordan presuntas acciones que podrían constituir actos anticipados de campaña, vulneraciones a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como posibles usos indebidos de la pauta publicitaria, y violaciones al interés superior de la niñez en el contexto del Proceso Electoral Federal 2024.

Una de las medidas se enfoca en expresiones vertidas durante una conferencia en Puebla, las cuales podrían comprometer la equidad en la contienda electoral. El Partido Acción Nacional (PAN) denunció al Titular del Ejecutivo Federal por el supuesto uso indebido de recursos públicos y la violación de principios de neutralidad e imparcialidad. En respuesta, se ordenó al Presidente eliminar o modificar ciertas publicaciones de una conferencia matutina realizada en Puebla.

Asimismo, se dictaron medidas para que el Presidente de la República se abstenga de realizar manifestaciones o emitir comentarios sobre temas electorales, asegurando su actuación conforme a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad. Sin embargo, respecto a eventos pasados en Guerrero, se determinó la improcedencia de una medida cautelar al no evidenciarse una referencia clara al Proceso Electoral Federal en curso.

En otro frente, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció a MORENA y a su Presidente Nacional por difundir contenido en redes sociales donde aparece una persona menor de edad. Aunque el material ya no está disponible, se ordenó el cumplimiento de lineamientos para la protección de niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda electoral.

Además, el PRD denunció a MORENA por propaganda calumniosa en redes sociales, pero tras un análisis, la Comisión determinó la improcedencia para ordenar su retiro al no evidenciarse una imputación clara de hechos o delitos falsos.

Otro aspecto abordado fueron las publicaciones de Claudia Sheinbaum Pardo, candidata de MORENA, en redes sociales y en su página web. Sin embargo, se declaró improcedente ordenar el retiro de estos materiales al no evidenciarse un riesgo inminente a los principios rectores de la materia electoral.

Finalmente, respecto a denuncias sobre presuntos usos indebidos de recursos públicos, la Comisión determinó que estos temas serán analizados a fondo por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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