La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México emitió una tesis de jurisprudencia en la que resuelve que el interés legítimo en el juicio de amparo indirecto en materia ambiental se acredita mediante el vínculo entre el quejoso y los servicios ambientales prestados por el ecosistema presuntamente afectado.
La tesis establece que el vínculo surge cuando el quejoso demuestra habitar o utilizar el entorno adyacente a las zonas o espacios geográficos impactados por los servicios ambientales. Además, el fallo señala que las autoridades mexicanas pueden incurrir en omisiones administrativas cuando no cumplen con sus deberes relacionados con la protección y garantía del derecho humano al agua.
La interpretación amplia en materia de legitimación activa busca fomentar la participación ciudadana en la defensa del medio ambiente y crear entornos propicios para dicho fin.
La resolución fue emitida tras el caso de diversas personas, físicas y morales, que presentaron una demanda de amparo indirecto contra autoridades encargadas de la protección del ambiente y los recursos hídricos del Estado de Coahuila de Zaragoza, reclamando omisiones en la preservación de los recursos hídricos en una región específica. La tesis de jurisprudencia, aprobada por la Primera Sala el 24 de mayo de 2023, fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación el 2 de junio de 2023.

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