La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha emitido una orden al Instituto Nacional Electoral (INE) para que realice una investigación exhaustiva sobre las actividades de los aspirantes presidenciales del partido Morena. El objetivo es descartar la realización de actos anticipados de precampaña y campaña electoral.
La decisión fue tomada en una sesión privada, donde la mayoría de los magistrados votaron a favor de revocar un acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que desestimó las medidas cautelares solicitadas contra Claudia Sheinbaum Pardo, Adán Augusto López Hernández, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, Ricardo Monreal Ávila, Manuel Velasco Coello y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña. Estos políticos están involucrados en el proceso de elección para la coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030.
La orden del TEPJF surge a raíz de una denuncia presentada por Jorge Álvarez Máynez, coordinador de Movimiento Ciudadano (MC) en la Cámara de Diputados, en contra de diversos eventos en los que participaron los denominados «corcholatas morenistas».
Inicialmente, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE rechazó las medidas cautelares, argumentando que la Comisión de Quejas y Denuncias del instituto ya había analizado previamente hechos similares. Sin embargo, el denunciante decidió recurrir a la Sala Superior del TEPJF en busca de una revisión de la situación.
El Tribunal Electoral ordena que la Comisión de Quejas del INE se pronuncie sobre la solicitud de medidas cautelares y analice los eventos denunciados para determinar si existieron actos anticipados de precampaña y campaña por parte de los aspirantes.

La decisión fue tomada por mayoría de votos de los magistrados Indalfer Infante Gonzales, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, José Luis Vargas Valdez y el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón. El magistrado Felipe de la Mata Pizaña emitió un voto concurrente y la magistrada Janine Otálora Malassis votó en contra. Cabe mencionar que la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso estuvo ausente de la sesión, justificando su ausencia.
Recibe esta y mucha más información a través de Whatsapp. Envía un ‘Hola’ aquí.
Descubre más desde
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.









