El cobro de adeudos por omisión del pago de impuestos por ingresos no reportados hace años, así como el cobro de multas por incumplir con la declaración anual, son utilizados por el SAT como parte del procedimiento de actualización de la situación tributaria.
Los trabajadores que solicitan el documento para que su empleador pueda timbrar (certificar) correctamente la nómina con factura electrónica versión 4.0, así como los contribuyentes que necesitan comprobantes de facturación y deducción de gastos con el nuevo sistema, se han encontrado ante esta sorpresa.
No tienen forma de verificar que ellos o su asesor fiscal han pagado, ya que se trata de años anteriores lo cual se evidencia con la emisión o actualización del certificado que contiene los datos del contribuyente como nombre del contribuyente y código postal dirección que es obligatorio para facturar a partir del 1 de julio.
Sin embargo, es importante dejar en claro que, según fiscalistas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no puede condicionar la emisión del documento al pago de deudas antiguas ni a la liquidación de su situación fiscal.
Los créditos o deudas fiscales tienen un plazo de prescripción de cinco años, pero en algunos casos la vigencia puede prorrogarse por 10 años desde el momento en que debió pagarse el impuesto.
Por ejemplo, en la declaración 2021 presentada este año, un causante puede pagar 500 pesos y dentro de dos años el fisco podría decirle que no fue la cantidad sino mil pesos.
Sin embargo, la ley establece que en algunos casos, como cuando no se ha presentado la declaración anual, el SAT puede tardar hasta 10 años en presentar solicitudes, señaló el fiscal.
Esto podría resultar principalmente en créditos por no presentación de declaraciones y multas, pero no necesariamente por no tributación, explicó.
También es muy común cuando se alquila una casa o un local comercial por algunos años que al abandonarla nunca se informa la disminución de la actividad, pero se mantiene la obligación de informar, por ello las sanciones se imponen.
Ahora, con el comprobante fiscal, la dependencia aprovecha para recordar que aún quedan créditos pendientes, subrayó.
Es importante recordar que los contribuyentes que acuden al SAT para la certificación sólo lo hacen por ello, no para comprobar deudas pendientes, ya que no tienen tiempo para hacerlo porque las oficinas están abarrotadas.
En este escenario, lo más recomendable para el contribuyente es contactar a un contador de confianza o un contador con credenciales vigentes.
También menciona la alternativa de hacer una cita con el SAT para saber qué créditos fiscales están activos. Esto le da al trabajador una idea de las actividades generadas.
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