La presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes de Colombia, Gloria Arizabaleta, ordenó este miércoles la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro. La medida cautelar se dictó en el marco de una indagatoria formal por su presunta intervención en la campaña electoral y está programada para extenderse hasta el próximo 21 de junio a las 16:00 horas, momento en que concluirá la votación de la segunda vuelta presidencial.
Declaraciones del mandatario ante la ONU
Al momento de notificarse la resolución, el jefe de Estado se encontraba en Nueva York, Estados Unidos, donde encabezó un debate sobre los mecanismos de pacificación en Medio Oriente en el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). A las afueras de la sede del organismo internacional, el mandatario rechazó los señalamientos normativos en su contra.
«No he hecho intervención en política y lo he aclarado», aseveró Petro ante los representantes de los medios informativos. El presidente colombiano argumentó que la disposición responde a «tener un pensamiento diferente» y sostuvo que el ejercicio del cargo ejecutivo no anula sus «derechos fundamentales», en referencia a sus prerrogativas de expresión respecto al proceso electoral en curso.
Procedimiento constitucional y precedentes
De ratificarse y ejecutarse la orden emitida por Arizabaleta —quien pertenece al Pacto Histórico, la misma coalición política del mandatario—, Petro se convertiría en el primer presidente en la historia de Colombia en ser suspendido de sus funciones institucionales.
No obstante, el dictamen de la Cámara de Representantes no posee un carácter vinculante inmediato. De acuerdo con el marco constitucional del país sudamericano, el Senado de la República es el único órgano de poder que cuenta con la potestad jurídica y constitucional para avalar y hacer efectiva la separación del cargo de un jefe de Estado en funciones.
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