La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) manifestó su rechazo al veredicto emitido por el panel del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC respecto a la mina Camino Rojo, en Zacatecas. A través de un comunicado, la dependencia federal afirmó que la petición de Estados Unidos para anular la votación sobre la titularidad del contrato colectivo carece de facultades legales para modificar resoluciones judiciales mexicanas.
El gobierno de México sostuvo que no comparte diversos elementos de la determinación al considerar que el panel excede el texto del tratado y los alcances del mecanismo. Según el documento oficial, la interpretación del panel sobre estándares probatorios y el análisis de conductas de posible naturaleza penal no están previstos expresamente en el acuerdo comercial trilateral.
Soberanía de los tribunales nacionales
La STPS subrayó que cualquier revisión del procedimiento de titularidad sindical debe realizarse exclusivamente a través de los tribunales mexicanos. La dependencia recordó que en noviembre de 2024 se llevó a cabo una votación que legitimó el Contrato Colectivo de Trabajo, contando con la participación del Poder Judicial, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Dicho proceso fue confirmado posteriormente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo que, a juicio de las autoridades mexicanas, valida la legalidad de la representación sindical actual. «El gobierno de México no comparte diversos elementos de la determinación al estimar que el panel realiza una interpretación del Tratado que excede el texto del T-MEC», reiteró la institución.
Inspecciones y supervisión en Camino Rojo
En cuanto a las condiciones laborales en la unidad de la canadiense Orla Mining, la Secretaría informó que entre mayo de 2024 y octubre de 2025 se ejecutaron cuatro operativos de inspección. Estas acciones incluyeron entrevistas semiestructuradas y capacitaciones diseñadas para asegurar la libertad de negociación colectiva entre los trabajadores de la mina zacatecana.
Pese a que el panel del T-MEC identificó una presunta intervención en las actividades sindicales de la empresa, el gobierno federal insistió en que la atribución de responsabilidades a sujetos distintos del patrón excede las competencias del Mecanismo de Respuesta Rápida. El conflicto, iniciado formalmente en junio de 2024, entra ahora en una fase de discrepancia jurídica entre las partes firmantes del tratado.
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