El diputado Emilio Suárez Licona (PRI) presentó una iniciativa para reformar el Código Penal Federal con el objetivo de eliminar términos considerados ambiguos en la tipificación de delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes, y sustituirlos por conceptos que identifiquen de forma directa la conducta criminal y el daño a las víctimas.
La propuesta, turnada a la Comisión de Justicia, plantea modificar los artículos 85, 200, 201, 202, 203 y 203 Bis, así como el 209 Bis, con el fin de sustituir los conceptos de “pornografía” y “turismo sexual” por los de “explotación de material audiovisual de contenido sexual” y “explotación sexual en sitios turísticos”, cuando las víctimas sean personas menores de 18 años o sin capacidad para comprender o resistir el hecho.
En el caso del artículo 209 Bis, la iniciativa propone eliminar la referencia al consentimiento dentro del tipo penal de pederastia, al considerar que dicha mención reconoce indebidamente una capacidad de decisión en las víctimas menores de edad.
Cambios en capítulos y denominaciones
La reforma también plantea modificar las denominaciones de los Capítulos II y III del Título Octavo del Código Penal Federal, con el objetivo de armonizar la terminología y establecer una tipificación más precisa de los delitos de explotación sexual infantil y pederastia.
El Capítulo II pasaría a denominarse “Explotación de material audiovisual de contenido sexual de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo”, mientras que el Capítulo III sustituiría el concepto de Turismo Sexual por “Explotación sexual en sitios turísticos” en los mismos supuestos.
Argumentos de la iniciativa
En la exposición de motivos, Suárez Licona señaló que la reforma no constituye únicamente una actualización técnica, sino un acto de responsabilidad institucional, al considerar que el lenguaje jurídico debe nombrar con precisión la violencia y evitar interpretaciones que minimicen su gravedad.
El legislador sostuvo que el uso de términos como “pornografía” evoca un marco de libertad de decisión y consumo adulto, inaplicable cuando se trata de violencia sexual contra menores, lo que —señala— restringe la comprensión del daño y resulta ofensivo para las víctimas.
Asimismo, explicó que el concepto de “turismo sexual” invisibiliza redes de trata y explotación, mientras que la nueva denominación permitiría fincar responsabilidades a prestadores de servicios turísticos que toleren o faciliten este tipo de delitos.
Contexto y datos
La iniciativa advierte sobre una crisis de seguridad para la infancia, al citar datos de la ENDIREH 2021, que indican que 12.6% de las mujeres entrevistadas sufrió alguna forma de violencia sexual antes de los 15 años, lo que representa un incremento de 45% respecto a 2016.
Finalmente, el diputado subrayó que la justificación de la reforma no es solo jurídica, sino también sanitaria, al señalar que la violencia sexual en etapas tempranas es un determinante negativo de la salud, con consecuencias de largo plazo que incluyen padecimientos crónicos y conductas autodestructivas en la adolescencia.
Descubre más desde
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.





