Entra en vigor reforma a Ley de Ascensos de la Armada

Por: Redacción | 17 de diciembre de 2025, 2:10 pm CST

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ascensos de la Armada de México, el cual entrará en vigor el jueves 18 de diciembre, conforme a lo establecido en el propio documento.

La reforma modifica los artículos 1; 2; 6; 9; 13; 14, párrafo segundo; 15; 19; 20, párrafo primero y fracción IV; 21; 32, fracción III; 33, fracción III; 34, párrafo primero y fracción II; 37, párrafo primero; 43; 44 Bis, párrafos primero y cuarto; 47; 48; 52; 54; 55 y 56, y adiciona un segundo párrafo al artículo 54 de la legislación vigente.

El 2 de diciembre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen en lo general y en lo particular, con el objetivo de actualizar la normatividad y fortalecer los mecanismos para determinar los ascensos del personal de la Armada de México.

En la votación, el proyecto fue avalado con 431 votos a favor en lo general y con 421 votos en lo particular, incluidos los artículos 1, 15 y 47, que habían sido reservados durante la discusión del decreto.

El dictamen deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y fue remitido al Senado de la República para los efectos constitucionales correspondientes.

Cambios en la organización y procedimientos

Entre las modificaciones, el documento sustituye la denominación de Estado Mayor General de la Armada por Jefatura de Operaciones Navales, como parte de la actualización normativa de la institución.

Asimismo, la reforma establece que, de manera excepcional en tiempo de paz, podrá considerarse el ascenso de personal militar, el cual se determinará dentro de la promoción general, conforme a lo previsto en el Reglamento de la ley y en el Manual de Normas y Procedimientos de la Comisión Coordinadora correspondiente. Además, incorpora lenguaje incluyente para referirse al personal militar y naval.


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