Diputados endurecen sanciones por delitos ambientales

Por: Redacción | 25 de noviembre de 2025, 7:56 pm CST

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformas al Código Penal Federal para aumentar penas y sanciones por delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. El dictamen obtuvo 452 votos en lo general y 460 en lo particular, y fue turnado al Senado de la República para su análisis constitucional.

Durante la sesión, se aceptó la reserva del diputado Ricardo Monreal Ávila (Morena) a los artículos 418 y 420 Quáter, presentada a nombre de los coordinadores parlamentarios. El legislador señaló que el objetivo es fortalecer las sanciones contra quienes talan o dañan bosques, al considerar que los tipos penales actuales permiten evitar prisión.

También se incorporó la reserva de la diputada Gabriela Benavides Cobos (PVEM), con la finalidad de elevar las penas cuando la conducta derive en la muerte de ejemplares de fauna silvestre en categoría de riesgo, especialmente si los hechos ocurren dentro de un área natural protegida.

Alcance de las reformas

El dictamen establece penas de seis meses a tres años de prisión y multas de 50 a 100 días multa para quien, mediante fuerza o amenaza, se oponga al ejercicio de funciones de la autoridad. Prevén además dos a siete años de prisión por quebrantar sellos oficiales, y dos a diez años, acompañados de multas de 687 a 6,878 días multa, para quien maneje o abandone sustancias peligrosas sin medidas de seguridad.

Las mismas penas aplicarán para descargas o infiltraciones ilícitas de aguas residuales, químicos o contaminantes en cuerpos de agua federales, así como para el tráfico o introducción de flora y fauna silvestre, o de recursos forestales que representen riesgo sanitario o ecológico. El dictamen también fija dos a nueve años de prisión por la captura, transporte o comercialización ilícita de especies acuáticas como abulón, camarón, pepino de mar o langosta, cuando excedan 5 kilogramos y no cuenten con autorización.

Las reformas consideran sanciones para actividades de desmonte, tala o cambio de uso de suelo en terrenos forestales, que podrán alcanzar hasta diez años de prisión y cinco mil días multa. Asimismo, el artículo 420 Quáter contempla penas de uno a cuatro años de prisión por generar, usar o difundir información falsa ante autoridades ambientales, empresas o instituciones financieras con fines de lucro o ventaja indebida.

En la discusión en lo particular, la Mesa Directiva informó que se presentaron reservas adicionales a diversos artículos, mismas que no fueron aceptadas o se enviaron al Diario de los Debates. Legisladoras y legisladores de Morena, PVEM, PT y PRI participaron en la presentación de propuestas.


Descubre más desde

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja un comentario

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo