El diputado Ricardo Monreal Ávila, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar artículos de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. La propuesta busca facilitar la cancelación y regular la emisión de tarjetas de crédito y débito emitidas por entidades financieras y comerciales. La iniciativa se fundamenta en los artículos 71 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Según la exposición de motivos, la penetración de tarjetas de débito en la población adulta alcanzó el 59% en 2024, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera. En cuanto a tarjetas de crédito, circulaban 37 millones al cierre de ese año, con un saldo de portafolio de 637 mil millones de pesos, un incremento del 8.5% respecto a 2023. Las instituciones con mayor participación son BBVA y Banamex, cada una con 10 millones de tarjetas.
La problemática identificada incluye barreras para la cancelación, como trámites presenciales innecesarios y demoras, que afectan especialmente a zonas rurales donde el tiempo de traslado a sucursales es de 38 minutos en promedio. La Condusef reportó 7,594 reclamaciones en 2024 por cancelaciones no atendidas. Además, se menciona la emisión de tarjetas sin consentimiento expreso, lo que viola la libertad contractual.
Problemática y derecho comparado
La iniciativa destaca que la legislación actual, como el artículo 10 Bis 1, reconoce el derecho a cancelar en cualquier momento, pero carece de plazos perentorios y simetría en canales digitales. En derecho comparado, se citan ejemplos de Estados Unidos con la Truth in Lending Act, que permite cancelaciones por teléfono sin cargos; España, donde basta una comunicación unilateral; Brasil, que prohíbe cláusulas abusivas; y Argentina, que permite cancelar incluso con deudas pendientes sin penalizaciones.
Contenido de la propuesta
La propuesta adiciona artículos como el 18 Bis 9, que obliga a información clara sobre costos y prohíbe promociones engañosas; el 18 Bis 10, que garantiza cancelación presencial, telefónica y digital con bloqueo preventivo inmediato; y el 18 Bis 11, que establece un plazo máximo de tres días hábiles para la cancelación sin costos. También se adiciona el 18 Bis 12, declarando nula la emisión sin consentimiento y prohibiendo cargos o efectos en el historial crediticio.
Se reforma el artículo 4 Bis para prohibir comisiones por servicios no autorizados y el 18 Bis fracción I para condicionar cargos al consentimiento expreso. El decreto entraría en vigor 30 días después de su publicación, con plazos para adecuaciones por parte de autoridades y entidades.
La iniciativa busca armonizar con la Política Nacional de Inclusión Financiera, promoviendo accesibilidad y transparencia en el sistema financiero mexicano.
Descubre más desde
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.






