SCJN invalida cárcel por no garantizar bienestar animal

Por: Redacción | 13 de mayo de 2025, 6:07 pm CST

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este martes una fracción del Código Penal del estado de Morelos que establecía penas de hasta cuatro años de prisión a quienes no aseguraran ciertos estándares de bienestar emocional y conductual para sus mascotas. Con ocho votos a favor y uno en contra, el Pleno determinó que la norma era ambigua y violaba el principio de mínima intervención del derecho penal.

La fracción anulada, correspondiente al artículo 327, fracción XVI, contemplaba sanciones para quienes impidieran a sus animales domésticos realizar acciones esenciales como el contacto social con otros animales o humanos, así como comportamientos naturales como correr, saltar o emitir sonidos.

“La invalidez no implica impunidad para los agresores de los animales”, afirmó la ministra ponente Yasmín Esquivel Mossa, quien recordó que el resto del artículo 327 mantiene otras 15 fracciones que sancionan penalmente conductas como el abandono injustificado, la mutilación sin fines de salud, la práctica de riñas, la tortura y la falta de atención veterinaria.

El proyecto original de la ministra Esquivel señalaba que la norma violaba la seguridad jurídica por su redacción poco clara. Sin embargo, fue modificado por el Pleno, que concluyó que también infringía el principio de “última ratio” del derecho penal, que implica que este solo debe aplicarse cuando no existan alternativas legales menos restrictivas.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá argumentó que la criminalización de conductas que pueden ser sancionadas mediante vías administrativas o civiles contradice dicho principio. “No debe penalizarse el mero incumplimiento de deberes morales o éticos, sino una afectación concreta y grave”, indicó durante la sesión.

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf señaló la gravedad del maltrato animal en México y mencionó que, según datos del Inegi, siete de cada 10 animales domésticos en el país sufren algún tipo de abuso. En el caso de Morelos, apuntó que se reciben más de 50 denuncias diarias por este motivo, aunque coincidió con la mayoría en que la norma impugnada violaba la seguridad jurídica.

La resolución de la Corte tendrá efectos retroactivos al 29 de febrero de 2024, fecha en que entró en vigor la disposición anulada. Una vez que el Congreso de Morelos reciba la notificación oficial, la fracción declarada inconstitucional dejará de aplicarse formalmente.


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