El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos de fiscalización para los procesos electorales del Poder Judicial, tanto a nivel federal como local, estableciendo la prohibición de espectaculares, bardas y publicidad pautada en redes sociales para los candidatos.
Durante la sesión del Consejo General, la consejera Carla Humphrey, presidenta de la Comisión de Fiscalización, explicó que las reglas también incluyen restricciones sobre el uso de recursos públicos y privados, limitando los gastos a viáticos y traslados.
“Se prohíbe la contratación y/o adquisición en territorio nacional o fuera de él, por sí o por interpósita persona, de tiempos de radio y televisión para la promoción de las personas candidatas a juzgadoras, así como de espacios publicitarios y de promoción personal en medios de comunicación impresos o digitales, anuncios espectaculares y bardas en la vía pública”, se señala en el documento.
Sin embargo, los candidatos podrán utilizar redes sociales y medios digitales para difundir sus propuestas, siempre que no impliquen gastos para ampliar su alcance. Esto significa que no podrán pagar publicidad en plataformas digitales ni recurrir a terceros para hacerlo.
Los gastos permitidos incluyen la producción de material para redes sociales, propaganda impresa, capacitación en medios, así como transportación, hospedaje y alimentación dentro de su ámbito territorial.
Además, el INE estableció que la difusión de resultados de encuestas antes de su publicación oficial será considerada un gasto no reportado.
Las sanciones para quienes incumplan los lineamientos van desde una amonestación pública hasta una multa de hasta cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Inicialmente, se contemplaba la cancelación de candidaturas, pero esta medida fue retirada tras una votación de los consejeros.
Recibe esta y mucha más información a través de Whatsapp. Envía un ‘Hola’ aquí.
Descubre más desde
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.









