La morenista Laura Imelda Pérez plantea modificaciones al Artículo 325 del Código Penal Federal en materia de Feminicidio.

La diputada morenista Laura Imelda Pérez informó que esta iniciativa tiene la necesidad de revisar el tipo penal de feminicidio tomando en cuanta los factores de la violencia de género: «La violencia feminicida se ha recrudecido, por eso necesitamos que las circunstancias y conductas de nuestro contexto social estén consideradas en el marco legal de nuestro país», puntualizó la legisladora jaliciense,
Además, agrega que la propuesta legislativa se basa en el análisis de la tipificación del Feminicidio que han realizado los Congresos Locales de todas los estados, a fin de que la modificaciones planteadas en dicha iniciativa sean una guía para enunciar, de forma unificada, los elementos circunstanciales que permitan acreditar la existencia o no del delito de Feminicidio.
¿CUÁLES SON LAS MODIFICACIONES PLANTEADAS?
1. Incluir a todas las mujeres en su diversidad y etapas de la vida.
2. Agregar situaciones específicas que faciliten la identificación de las razones de género y que eliminen los obstáculos en la investigación de los casos de Feminicidio:
- Los restos o el cuerpo de la víctima hayan sido calcinados, presenten decapitación, desollamiento, tortura, entre otras lesiones.
- Existan antecedentes de violencia de género, sean denunciados o no.
- Que el cuerpo de la víctima se haya encontrado en un estado de indefensión o des-protección real frente al sujeto activo.
- El cuerpo o restos de la víctima sean ocultados en espacios públicos o privados, incluyendo la vivienda de la misma, del sujeto activo o de alguna persona relacionada.
- Agravar la pena hasta en una tercera parte si el agresor obligó a la víctima a ejercer prostitución, explotación o trata de personas; o si el delitos es cometido en presencia de una o más personas con quienes la víctima tuviera un vínculo de parentesco; o si el agresor se vale de su oficio como conductor de un vehículos de transporte para la comisión del delito; o cuando la victima sea una niña o adolescente.
- Imponer una pena de 5 a 8 años de prisión y 500 a 500,000 días de multa en caso de que alguna persona servidora pública omita iniciar la investigación como probable feminicidio, o bien, obstaculice o entorpezca la procuración administración de justicia.
- Además, será destituida e inhabilitada de por vida para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Si dicha persona filtra información, fotos, videos o evidencias de la investigación, se le impondrá la misma pena y será destituida e inhabilitada de 5 a 10 años
Desde la Cámara de Diputados, la diputada Laura Imelda Pérez agradeció al Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) por el apoyo fundamental que brindó para formular esta iniciativa con base en el Modelo de Tipo Penal de Feminicidio, realizado por el Gobierno de México, la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y el Instituto antes mencionado.
Finalmente, Pérez Segura señaló: “El feminicidio es considerado un delito que transgrede la vida, la dignidad, la seguridad, la libertad y el derecho a una vida libre de violencia para las mexicanas; por ello, con esta iniciativa buscamos eliminar las barreras legales y promover la investigación con perspectiva de género en favor de la verdad. ¡Por una vida libre de violencia para todas!”
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