Diputados reciben minuta sobre búsqueda de desaparecidos

Por: Redacción | 28 de junio de 2025, 1:51 pm CST

El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, informó sobre la recepción de la minuta que reforma diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, así como de la Ley General de Población, con el propósito de fortalecer la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas. El documento fue publicado en la Gaceta Parlamentaria este sábado 28 de junio.

En un mensaje difundido a través de sus redes sociales, Gutiérrez Luna señaló que la minuta será discutida con seriedad y compromiso como parte del trabajo legislativo que corresponde a la Cámara Baja.

El proyecto contempla la creación de una Alerta Nacional de Búsqueda, que deberá activarse en todo el territorio nacional ante cualquier noticia, reporte o denuncia de persona desaparecida o no localizada. Este mecanismo será regulado por un Protocolo de activación que elaborará la Comisión Nacional de Búsqueda.

La minuta establece que el protocolo deberá definir, como elementos mínimos, el mecanismo de operación, la coordinación de las autoridades federales y locales, las obligaciones de las instituciones competentes, así como la Base Nacional de Carpetas de Investigación y las responsabilidades y sanciones aplicables a quienes incumplan con estas disposiciones.

También se prevé la creación de una Plataforma Única de Identidad, que será una fuente primaria de consulta en tiempo real, interconectada con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, el Banco Nacional de Datos Forenses, las carpetas de investigación y otros registros administrativos y de particulares.

La minuta faculta a la Secretaría de Gobernación para habilitar accesos a esta plataforma a las fiscalías federal y estatales, bajo protocolos de seguridad y exclusivamente para fines de investigación, búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

De acuerdo con el proyecto, cualquier autoridad o particular que administre datos biométricos o información identificativa deberá permitir la consulta inmediata de dichos datos por parte de las fiscalías y autoridades competentes, únicamente para estos fines.

Asimismo, el Instituto Nacional Electoral proporcionará firma, huellas dactilares, fotografía y domicilios contenidos en sus bases de datos para coadyuvar en las labores de búsqueda e identificación. En caso de uso indebido de la Plataforma Única de Identidad, se contempla una sanción que va de diez mil a veinte mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).


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