La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó un amparo promovido por una mujer practicante de la santería cubana, quien impugnó los artículos del Código Penal para la Ciudad de México que prohíben el maltrato, las lesiones, la mutilación y la muerte de animales durante rituales religiosos. La decisión se tomó en una sesión celebrada el pasado martes, y la Corte negó la protección solicitada por la promovente.
La mujer argumentó que las reformas aprobadas en 2023 criminalizan su religión y estigmatizan a los practicantes de la santería. Según su defensa, las leyes que prohíben el maltrato animal afectan las prácticas religiosas de dicha tradición, en las que, en ocasiones, se utilizan animales en sus rituales. Sin embargo, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien elaboró el proyecto de resolución, refutó este argumento.
González Alcántara Carrancá destacó que la reforma al Código Penal en 2023 tiene como objetivo la protección de los animales y la prevención del maltrato. En su proyecto, explicó que la libertad religiosa no es absoluta y está sujeta a los límites que establece la Constitución, señalando que no se puede cometer un delito bajo el pretexto de ejercer la libertad religiosa. «La libertad religiosa no es absoluta», puntualizó el ministro.
El proyecto fue aprobado por mayoría de tres votos, mientras que la ministra Margarita Ríos Farjat votó en contra. En su explicación, la ministra Ríos Farjat consideró que el tema ya había sido resuelto previamente por la SCJN. Afirmó que el caso debió devolverse al tribunal colegiado para que se aplicara el criterio emitido por la Primera Sala en enero de 2024, en un caso similar.
Este caso no es el primero en que se impugnan las reformas que protegen a los animales en la Ciudad de México. El 22 de enero de 2024, los ministros de la Primera Sala resolvieron otro amparo en revisión en el que también se negó la protección federal a una persona que alegaba ser practicante de la santería.
La reforma al Código Penal de la Ciudad de México, que entró en vigor en agosto de 2023, establece penas contra el maltrato animal y prohíbe el uso de animales en ritos religiosos que puedan poner en peligro su bienestar. El artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales establece específicamente la prohibición de utilizar animales en ceremonias religiosas que puedan causarles daño.
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