La Secretaría de la Función Pública (SFP) inhabilitó durante siete años a nueve empresas prestadoras de servicios de pruebas clínicas y bancos de sangre por presunta participación en licitaciones públicas y multó con cerca de mil millones de pesos.
Las empresas sancionadas son Centrum Promotora Internacional, Instrumentos y Equipos Falcon, Impromed, Valtrum, Selecciones Médicas, Servicios de Mínima Invasión, Proyectos en Procesos de Recursos Humanos, DAI Servicios, SERVAD Promo Asistencial.
Además, la SFP multó a cada una de estas empresas con 100 millones 243 mil pesos, que suman un total de 902 millones 187 mil pesos.
En un comunicado de prensa, la dependencia dijo que las sanciones fueron impuestas entre el 1 y el 25 de agosto de 2022, con base en la ley federal anticorrupción en contrataciones públicas vigente al momento de los hechos.
Esta ley sanciona los actos de engaño y elusión de las normas para obtener beneficios y ventajas en las contrataciones públicas y que afecten la competencia en los procedimientos de licitación de la Administración Pública Federal (APF).
Según denuncias recibidas entre 2015 y 2021, en las decisiones de ocho servicios globales del ISSTE, estas empresas han acordado beneficiarse entre sí y han acordado compartir cada uno de los puntos de los procedimientos de contratación relacionados con los servicios. análisis clínicos y banco de sangre, lo que redunda en una ventaja y un beneficio indebidos para ellos.
Las sanciones fueron impuestas por el Órgano Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), quien informó a las dependencias y órganos de la APF, a las empresas manufactureras de los organismos estatales y federales, a los municipios y a las alcaldías de Ciudad de México abstenerse de hacer propuestas. aceptar o celebrar contratos con empresas.
La SFP advirtió que las conductas sancionadas han provocado afectaciones a la libre participación, transparencia, igualdad y mejores condiciones para el Estado, en particular, para las personas derechohabientes del ISSSTE.
Las empresas sancionadas en esta primera instancia aún pueden imponer los medios de defensa que a su derecho convengan.
Descubre más desde
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.








